CONTACTO

E-MAIL DE CONTACTO WEBMASTER@EFEKEZE.ORG ACEPTAMOS AYUDA, SUGERENCIAS, IDEAS ...

Páginas

miércoles, 17 de febrero de 2010

LEGISLACIONUFFF PERDON QUE HEMOS CONFUNDIDO OMNIBUS CON OBUS

SOBRE LA LEY OMNIBUS


La Ley 25/2009 de 22 de diciembre de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, más conocida como “ley ómnibus”. Dicha ley, publicada en el Boletín Oficial del Estado del día 23 de diciembre de 2009, entró en vigor el día 27 de dicho mes, esta ley es la que además de temas como la prescripción aborda otros como la Colegiación.

Hace poco estuvo el máximo representante de los colegios profesionales, Máximo Gonzalez pero no nos comento nada acerca de esta ley, quizás no le diese tiempo, si bien es cierto que en las circulares enviadas por nuestros Colegios no hemos leído nada acerca de esto, bueno nos queda preguntarle también a la administración su postura. Un poco nos parece que las enfermeras estamos a falta de información sobre este aspecto que toca la ley. Pero bueno para eso está este blog, en el que someramente os daremos unas líneas sobre el tema
 la colegiación obligatoria de las enfermeras se puede transformar en voluntaria, esto ya viene pasando en otras comunidades como en Andalucia,Asturias,Canarias o Extremadura
 En el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.
 Dicho proyecto deberá prever la continuidad de la obligación de la colegiación en aquellos casos y supuestos de ejercicio en que se fundamente como instrumento eficiente del control del ejercicio profesional para la mejor defensa de los destinatarios de los servicios y en aquellas actividades en que puedan verse afectadas, de manera grave y directa, materias de especial interés público, como pueden ser la protección de la salud y de la integridad física o de la seguridad personal o jurídica de las personas físicas.
De momento hasta la entrada en vigor de la ley, se mantienen las obligaciones de colegiación que están vigentes. Esperamos que con estA breve aportación hayamos dado un poco de luz sobre la desinformación que hay.

No hay comentarios:

Publicar un comentario